
Consulte el Documento de orientación 110-2 para obtener información sobre cómo obtener una licencia de farmacéutico por examen o por reciprocidad de otro estado, también llamada "licencia por endoso" o "transferencia de licencia".
Un solicitante de licencia como farmacéutico deberá obtener un mínimo de 1500 horas de experiencia práctica. La experiencia práctica que se obtiene dentro de una escuela de farmacia acreditada por ACPE, que se ajusta a los estándares actuales de ACPE y que permite al estudiante obtener al menos 1500 horas de experiencia práctica, deberá cumplir con los requisitos de experiencia práctica de la junta para obtener la licencia como farmacéutico. Virginia ya no requiere 300 horas del 1,500 horas de experiencia práctica que se adquieren fuera del programa experiencial de la facultad de farmacia.
Cualquier farmacéutico que tenga una licencia/registro activo y sin restricciones en Virginia puede cambiar al estado inactivo seleccionando esta opción durante la renovación anual en línea y pagando la tarifa de renovación inactiva. Tenga en cuenta que esta opción solo está disponible durante el proceso de renovación anual. Las licencias/registros caducados no son elegibles para el cambio de estado.
Si un farmacéutico no planea ejercer la farmacia en Virginia, tomar el estado inactivo costará menos en la tarifa de renovación y el farmacéutico no tiene que obtener 15 horas de educación continua (CE) cada año. Si un farmacéutico decide reactivar una licencia inactiva, deberá pagar la diferencia entre la tarifa activa e inactiva y obtener la cantidad de CE que se requirió durante ese periodo de tiempo hasta un máximo de 60 horas en total. Sin embargo, las horas se pueden obtener en cualquier momento entre la fecha en que se toma el estado inactivo y la fecha de reactivación. Por ejemplo, si un farmacéutico estuvo inactivo durante 3 años, se deben reactivar 45 horas de CE, pero es posible que todas las 45 horas se obtuvieron la semana anterior a la solicitud de reactivación, en lugar de 15 horas fechadas dentro de cada año. Los farmacéuticos que estuvieron inactivos durante más de 5 años y luego desean reactivar, deben tomar y aprobar el examen de la ley de farmacia de Virginia nuevamente, y si no pueden proporcionar documentación de que estuvieron practicando en otra jurisdicción, también deben realizar 160 horas como pasante de farmacia para ser elegibles para reactivar.
A partir del 1de julio de 2025, para registrarse como técnico de farmacia, una persona deberá presentar:
Se puede acceder a la información sobre la obtención de la certificación de PTCB en www.ptcb.org y se puede acceder a la solicitud en línea de la Junta en www.license.dhp.virginia.gov/apply/. Se puede acceder a la información para el examen ExCPT en www.nhanow.com. El enlace URL para obtener información sobre la acreditación ASHP/ACPE es: https://www.ashp.org/professional-development/technician-program accreditation?loginreturnUrl=SSOCheckOnly
La solicitud en papel para el registro como técnico de farmacia ha sido reemplazada por una solicitud en línea. Se puede acceder a la solicitud en línea en nuestro sitio web en www.license.dhp.virginia.gov/apply/.
A partir del 1de julio de 2022, ya no se requiere la inscripción en el programa de Capacitación de Técnicos de Farmacia y ya no se requiere la aprobación de un Programa de Capacitación de Técnicos de Farmacia por parte de la Junta. Sin embargo, el programa debe cumplir con uno de los criterios que se enumeran a continuación.
A partir del 1de julio de 2025, un solicitante de técnico de farmacia debe completar un programa de capacitación para técnicos de farmacia que sea (i) un programa de capacitación acreditado, incluido un programa de capacitación acreditado operado a través del programa de Educación Profesional y Técnica del Departamento de Educación o aprobado por la Junta; (ii) reconocido por la Junta de Certificación de Técnicos de Farmacia (PTCB) o la Asociación Nacional de Carreras de Salud (NHA); o (iii) operado a través de una agencia federal o rama de las fuerzas armadas. Tenga en cuenta que, hasta la fecha, la Junta no ha aprobado otro organismo de acreditación.
El enlace URL para obtener información sobre la acreditación ASHP/ACPE es: https://www.ashp.org/professional-development/technician-program accreditation?loginreturnUrl=SSOCheckOnly.
El enlace para obtener información sobre los programas de capacitación acreditados por el Departamento de Educación es Áreas del Programa CTE | Departamento de Educación de Virginia
Para obtener información completa sobre el examen ExCPT, visite el sitio web del ICPT en www.nhanow.com.
La información sobre cómo solicitar el PTCB se puede encontrar en www.ptcb.org.
Una persona que desee realizar las funciones de un técnico de farmacia mientras está inscrita en un programa de capacitación de técnicos de farmacia aprobado primero debe solicitar y obtener un registro como aprendiz de técnico de farmacia. Este nuevo requisito entró en vigor el 1/3/2021 bajo la regulación de emergencia 18VAC110-21-135.
No hay estado inactivo para el registro de un técnico de farmacia.
Sí, un técnico de farmacia debe completar 5 horas de educación continua cada año para renovar el registro, independientemente del estado de empleo en una farmacia.
Un técnico de farmacia con un registro que ha expirado por más de un año, pero menos de cinco años, debe presentar una solicitud para el restablecimiento de su registro y hacer que se apruebe antes de realizar las funciones de un técnico de farmacia.
Cualquier técnico de farmacia que no renueve o restablezca su registro dentro de los 5 años debe volver a tomar un programa de capacitación de técnicos de farmacia que sea (i) un programa de capacitación acreditado, incluido un programa de capacitación acreditado operado a través del programa de Educación Técnica y Profesional del Departamento de Educación o aprobado por la Junta; (ii) reconocido por la Junta de Certificación de Técnicos de Farmacia (PTCB) o la Asociación Nacional de Profesionales de la Salud (NHA); o (iii) operado a través de una agencia federal o rama de las fuerzas armadas y aprobar un examen de certificación nacional gestionado por PTCB o NHA o tener una certificación PTCB o NHA actual, y presentar una solicitud a la junta para un nuevo registro de técnico de farmacia.
Se puede acceder a la información sobre los programas de capacitación reconocidos por PTCB o la obtención de la certificación de PTCB en www.ptcb.org. Se puede acceder a la solicitud en línea de la Junta en www.license.dhp.virginia.gov/apply/. Se puede acceder a la información sobre el examen ExCPT o los programas de capacitación reconocidos por NHA en www.nhanow.com. El enlace para obtener información sobre los programas de capacitación acreditados por el Departamento de Educación es Áreas del programa CTE | Departamento de Educación de Virginia. El enlace URL para obtener información sobre la acreditación ASHP / ACPE es: https://www.ashp.org/professional-development/technician-program accreditation?loginreturnUrl=SSOCheckOnly.
La ley exige un mínimo de 5 horas de contacto por año calendario. Debe recibir todos sus certificados antes de enviar la renovación de la licencia para dar fe de que ha cumplido con los requisitos. Los certificados deberán estar fechados entre el 1 de enero y el 31de diciembre, ambos inclusive, del año natural en que se utilicen.
No. La ley no permite ningún remanente. Aunque algunos estados permiten que los cursos se tomen durante un periodo de dos años, Virginia no lo hace. Esto significa que un técnico de farmacia registrado en Virginia debe obtener al menos 5 horas de CPE todos y cada uno de los años calendario.
Sí. Una extensión única puede ser posible si la solicitud se hace por escrito a la Junta antes de la renovación.
Sí.
Sí. Para cumplir con los requisitos de CPE, los cursos deben estar aprobados por ACPE o cierta categoría 1 CME o un programa aprobado por la Junta de Farmacia de Virginia. Los créditos tomados que no cumplan con estos requisitos no se pueden usar para satisfacer las horas de CPE.
Siempre que la Junta se ponga en contacto con usted, debe responder con prontitud. La falta de respuesta puede hacer que la Junta tome medidas disciplinarias. Si la Junta audita sus créditos de educación continua en farmacia, busque sus certificados originales y haga una copia para usted. Envíe los originales a la oficina de la Junta antes de la fecha límite indicada en la carta. Aunque no es obligatorio, es posible que desee enviar su respuesta por correo certificado para tener un comprobante de envío. Si ha perdido algunos o todos sus certificados, debe ponerse en contacto inmediatamente con los proveedores respectivos para obtener un certificado de reemplazo e informar a la Junta de sus acciones. La Junta ha aprobado sanciones estándar para el incumplimiento de la CE que se pueden encontrar en el documento de orientación 110-42.
Estas son algunas sugerencias que pueden ayudarle a mantener sus registros de CPE organizados y evitar medidas disciplinarias:
Guarde sus certificados originales en un lugar seguro donde sea poco probable que se desechen por error.
Guarde una copia de sus certificados, o al menos un registro del número de curso, el proveedor y la fecha, en un lugar seguro secundario (no con los originales). Estos son una copia de seguridad si pierde los originales.
ANTES DE RENOVAR SU LICENCIA, revise sus certificados originales y verifique el cumplimiento de los requisitos de CPE:
5 horas de contacto en la educación continua de farmacia (algunos cursos pueden tener un número diferente de créditos para otras profesiones)
Cursos de CME de categoría 1 centrados en farmacia, farmacología o terapia farmacológica, o un programa aprobado por la Junta de Farmacia de Virginia
Cada uno de sus certificados CPE muestra una "fecha de emisión" en o antes del 31 de diciembre para el año en cuestión.
Tenga en cuenta que es su responsabilidad mantener sus registros de CPE durante el año calendario actual y los dos anteriores. Debe completar las horas antes de enviar la renovación de la licencia.
El enlace para obtener más información sobre los programas de formación reconocidos por PTCB se encuentra www.ptcb.org.
El enlace para obtener información sobre los programas de formación reconocidos por NHA es www.nhanow.com.
Sí. Dado que las inscripciones de los aprendices no se pueden renovar, si un aprendiz ya no está inscrito en el programa de capacitación, toma un descanso voluntario del programa o no está progresando activamente hacia la finalización de dicho programa, la inscripción ya no es válida y se devolverá a la junta de inmediato. La devolución inmediata de la inscripción del aprendiz a la Junta conservará la cantidad de tiempo restante en la inscripción para que el aprendiz comience y complete su capacitación en una fecha posterior si así lo desea.
Los estudiantes de secundaria menores de 18 años que se registren en la Junta de Farmacia de Virginia como aprendices de técnico de farmacia para participar en los programas de capacitación de Experiencia Clínica de Educación Técnica y Profesional (CTE) para Técnicos de Farmacia I y II pueden completar satisfactoriamente los estándares que involucran compuestos dentro de los estándares de acreditación ASHP / ACPE para programas de educación y capacitación de técnicos de farmacia a través de la manipulación de placebos (productos inertes) en una simulación y no implicará la mezcla física de medicamentos para producir un producto farmacéutico compuesto.
La Junta no brinda consejos de construcción que no sean los requisitos enumerados en las regulaciones, ni revisa ni aprueba los planes. Se requiere una solicitud para cualquier farmacia nueva o para cualquier remodelación o cambio de ubicación de una farmacia existente. Las regulaciones actuales deben cumplir en cualquier construcción nueva y la nueva construcción debe inspeccionar antes de almacenar medicamentos recetados. Referencia: Ley- §54.1-3434 y Regulación - 18 VAC 110-20-110 a través de 200
El propietario de una farmacia puede notificar al público de una de dos maneras. Se puede colocar un letrero de manera visible al menos 30 días antes del cierre o se puede enviar un aviso por correo a todos los clientes de recarga activos al menos 14 días antes del cierre. Dicho aviso deberá incluir la fecha prevista de cierre y el nombre de la farmacia a la que se transferirán las recetas y otros registros. Además, se debe proporcionar un aviso a la Junta al menos 14 días antes del cierre con la información proporcionada al público, una explicación de cómo se dio el aviso público (si es por correo, envíe una copia del aviso que muestre la fecha) y una notificación sobre dónde se transferirán los medicamentos. Referencia: Ley- §54.1-3434.01 y Regulación- 18 VAC 110-20-130
El reglamento de la Junta 18VAC110-20-140 establece que las solicitudes presentadas a la Junta que indiquen una fecha de inspección solicitada, o las solicitudes que se reciban después de que se presente la solicitud, se cumplirán siempre que se permita un aviso de 14días antes de la fecha de inspección solicitada. Ocasionalmente, los inspectores pueden acomodar una fecha anterior, pero esto depende de sus obligaciones previamente programadas. Además, tenga en cuenta que si el solicitante necesita reprogramar una fecha de inspección previamente acordada debido a retrasos en la construcción, vacaciones, etc., esto puede resultar en un retraso adicional de 14 días dependiendo de los compromisos previos de los inspectores.
La ley de Virginia restringe la dispensación de jeringas y agujas hipodérmicas, oxígeno medicinal, dispositivos controlados de la Lista VI, aquellas sustancias controladas de la Lista VI sin propiedades medicinales que se utilizan para la operación y limpieza de equipos médicos, soluciones para diálisis peritoneal y agua estéril o solución salina para irrigación a una farmacia autorizada o a un proveedor de equipos médicos autorizados. por lo tanto, el Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS, por sus siglas en inglés) que administra el programa Medicaid en Virginia generalmente requiere prueba de licencia de Virginia para que una empresa esté acreditada como proveedor de Medicaid. La solicitud de proveedor de material médico no residente o de farmacia no residente se puede descargar desde el apartado de formularios de esta página web. Referencia: Ley- §§54.1-3401, 54.1-3434.1y 54.1-3435.2
Si la farmacia fuera del estado está enviando, enviando por correo o entregando medicamentos recetados a Virginia a los residentes de Virginia, se requiere el registro como farmacia no residente. Sin embargo, si la farmacia fuera del estado no envía por correo, envía o entrega a Virginia y solo dispensa a los residentes de Virginia que ingresan a la farmacia para surtir recetas, la ley de Virginia no requiere registro. El Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS), que gestiona el programa Medicaid en Virginia, puede aplicar documentación de registro en Virginia como parte del proceso de acreditación para ser un proveedor de Medicaid, ya que no tiene forma de determinar si un reclamo es el resultado de una receta por correo o una receta sin cita previa. Según los funcionarios de DMAS, en lugar de proporcionar un registro de farmacia para no residentes, una farmacia fuera del estado puede certificar a DMAS por escrito que no es una farmacia de pedidos por correo y solo surte recetas "sin cita previa". DMAS también puede aplicar la proximidad de la farmacia a la frontera de Virginia. Referencia: Ley- §54.1-3434.1
La definición en el Código de Virginia para cambio de propiedad significa (i) la venta o transferencia de todos o sustancialmente todos los activos de la entidad o de cualquier corporación que posea o controle la entidad; (ii) la creación de una sociedad por un propietario único, la disolución de una sociedad o el cambio en la composición de la sociedad; (iii) la adquisición o enajenación del 50 por ciento o más de las acciones en circulación de acciones con derecho a voto de una corporación propietaria de la entidad o de la corporación matriz de una subsidiaria de propiedad total propietaria de la entidad, excepto que esto no se aplicará a ninguna corporación cuyas acciones con derecho a voto se negocien activamente en cualquier bolsa de valores o en cualquier mercado extrabursátil; (iv) la fusión de una corporación propietaria de la entidad o de la corporación matriz de una subsidiaria de propiedad total propietaria de la entidad con otra compañía o corporación; o (v) la expiración o pérdida de los estatutos de una corporación. El personal de la junta no tiene la autoridad para proporcionar interpretación de esta definición. Consulte a un abogado sobre cualquier pregunta legal relacionada con las leyes y regulaciones estatales o federales, incluida la interpretación y aplicación de las leyes y regulaciones que rigen el VBOP. Si se determina que el cambio corporativo cumple con la definición del estatuto, se debe enviar una solicitud y una tarifa para el cambio de propiedad a la Junta.
Un cambio de propietario no implica un cambio en la licencia o número de registro.
Nadie puede estar presente en el departamento de recetas de una farmacia, y ese departamento de recetas debe estar cerrado y alarmado, a menos que haya un farmacéutico de guardia. El término "de guardia", tal como se define en 18 110VAC -20-10 significa que un farmacéutico se encuentra en las instalaciones en la dirección de la farmacia permitida y está disponible según sea necesario. Además, 18 VAC 110-20-190 (C) proporciona al farmacéutico de turno la discreción de autorizar en todo momento a las personas a estar presentes en el departamento de recetas o de no permitir que cualquier persona esté en el departamento de recetas.
Sí. El Reglamento 18VAC110-20-355 E permite la reposición de medicamentos a partir de la fecha de vencimiento siempre que la farmacia coloque una fecha de vencimiento en la etiqueta que, a falta de datos de estabilidad que indiquen lo contrario, no excederá la fecha de vencimiento en el envase del fabricante o un año a partir de la fecha en que se dispensó originalmente el medicamento. la fecha que sea anterior. El medicamento reabastecido debe usarse para surtir la próxima receta recibida para ese producto. En el caso de que el medicamento no se dispense antes de la nueva fecha de vencimiento asignada, se retirará de las existencias y se destruirá o eliminará de acuerdo con la reglamentación. Si no hay un número de lote en la etiqueta de un medicamento devuelto al stock o en los registros de recetas que se puedan hacer referencias cruzadas de la etiqueta de la receta, el medicamento se retirará de las existencias tras cualquier retiro de ese producto farmacéutico y se devolverá al fabricante o se eliminará de acuerdo con las regulaciones. Referencia: Reglamento 18VAC110-20-355
Todos los envases deben estar etiquetados con las mismas instrucciones y deben reflejar las instrucciones completas del médico. Referencia: Acta de 10de junio de 1997, §54.1-3410 (A)(3) y (B)(2), §54.1-3463 (A)
Como se explica en el §54.1-3307.2, cualquier persona que proponga utilizar un proceso o procedimiento relacionado con la dispensación de medicamentos o dispositivos o con la práctica de la farmacia no autorizada específicamente por el Capítulo 33 (§ 54.1-3300 et seq.) de este título o por un reglamento de la Junta de Farmacia puede solicitar a la Junta la aprobación para usar dicho proceso o procedimiento. La solicitud presentada solo puede contener procesos o procedimientos sugeridos que estén dentro del alcance actual de la práctica farmacéutica, que se relacionen con la forma o el formato de las recetas, la forma de transmitir las recetas o la información de las recetas, la forma de mantener los registros requeridos, el uso de personal auxiliar sin licencia en el proceso de dispensación y el uso de nuevas tecnologías en el proceso de dispensación. Un programa innovador (piloto) no ampliará el alcance actual de la práctica de los farmacéuticos. La Junta puede optar por rechazar el programa propuesto, aprobar el programa tal como se presentó o aprobar el programa en base a términos y condiciones específicos. Para obtener más información sobre programas innovadores (piloto) o para obtener una copia de una Orden de Consentimiento relacionada con un programa innovador, comuníquese directamente con la oficina de la Junta. Referencia: §54.1-3307.2 y 18VAC110-20-121
A pharmacy may provide non-compounded prescription drugs to a practitioner, who is otherwise authorized to possess such drugs, for “office use” in accordance with §54.1-3435.02 of the Drug Control Act, which states that a permitted pharmacy may engage in wholesale distributions of small quantities of prescription drugs without being licensed as a wholesale distributor when such wholesale distributions are in compliance with federal law as follows: such wholesale distributions of controlled substances do not exceed five percent of the gross annual sales of prescription drugs by the relevant permitted pharmacy or such wholesale distributions of Schedules II through V controlled substances do not exceed five percent of the total dosage units of the Schedule II through V controlled substances dispensed annually by the pharmacy. Occasionally, a physician will request prescription drugs by providing the pharmacy with a prescription indicating “For Office Use Only” in the name field. This does not constitute a valid prescription because it is not issued in the name of a specific patient for a specific drug that resulted from a bona fide practitioner-patient relationship. Pharmacists must not dispense prescriptions written “For Office Use Only.” To properly transfer the requested drugs, the pharmacist must create an invoice containing the following information: the date of transfer, the name and address of the physician to whom the drugs are to be transferred, the name and address of the pharmacy from where the drugs were transferred, and the kind and quantity of drugs transferred. The transferring pharmacy maintains the original invoice for two years from the date of transfer and provides a copy to the receiving physician or pharmacy. Once received, the physician must indicate the date of receipt on the invoice and maintain the invoice for two years from the date of receipt. If the requested drug is classified as Schedule II, the physician wishing to obtain the drug must execute a Drug Enforcement Administration (DEA) Form 222 as the “purchaser” and provide this form to the transferring pharmacy. The transferring pharmacy would then complete DEA Form 222 acting as the “supplier” in this instance. Copies of DEA Form 222 must then be properly forwarded as required by federal law. If maintaining a separate record of the distribution electronically in the pharmacy’s computer, pharmacists must ensure that the information is not transmitted to the PMP with other dispensing records. Assigning a “prescription” number to the transaction may result in the distribution information being uploaded to the PMP.
Sí. La ley no establece en qué forma debe aparecer la frase. Sin embargo, el prescriptor debe escribir a mano la frase para garantizar el pago de un producto de marca para los pacientes de Medicaid cuando hay genéricos disponibles en el mercado.
Véase Junta de Farmacia, Documento de orientación 110-35 disponible en el sitio web de la Junta en la sección de documentos de orientación.
Ciertas recetas escritas para pacientes ambulatorios deben estar en talonarios de recetas a prueba de manipulaciones. Esto incluye a los afiliados de Medicaid, MEDALLION, FAMIS y FAMIS Plus de pago por servicio, y a los "elegibles dobles" cuando Medicare Parte D es el pagador principal y Medicaid el secundario. Este es el resultado de una ley federal que afecta a ciertos medicamentos recetados pagados por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS). Esta no es una iniciativa o requisito de la Junta de Farmacia. La información sobre el mandato de recetas a prueba de manipulaciones se puede encontrar en el sitio web de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid. Para obtener información adicional, comuníquese con el Departamento de Servicios de Asistencia Médica de Virginia (DMAS, por sus siglas en inglés) al dmasinfo@dmas.virginia.gov
Sí, presentar una solicitud de RSC a la Junta para notificar cualquier cambio en la lista de ubicaciones designadas. (consulte 18110VAC -20-690 (G) y (H))
No, a menos que se trate de circunstancias de emergencia. (consulte 18VAC110-20-591 (C), (D) y (E))
Otros lugares que necesiten obtener medicamentos de la ubicación registrada deben figurar como una ubicación designada en el registro de CSR y DEA de esa ubicación registrada (si corresponde). Se debe mantener un registro de transferencia y un registro de recepción. (consulte 18110de CA -20-720 y 18VAC110-20-721)
Sí, a menos que se trate de circunstancias de emergencia. (consulte 18VAC110-20-591 (C), (D) y (E))
Sí. (Consulte 18VAC110-20-721 (D) para conocer los requisitos adicionales de notificar a la ubicación registrada dentro de las 72 horas).
Consulte el documento de orientación 110-29 de la Junta de Farmacia de Virginia titulado "Médicos que dispensan medicamentos" para obtener una referencia específica a los estatutos y reglamentos que rigen esta práctica. Consulte la página de Documentos de orientación de la farmacia .
Sí, el médico debe obtener de la Junta de Farmacia una licencia para dispensar. Hay dos licencias de dispensación ofrecidas por la Junta de Farmacia como se describe en el documento de orientación 110-29. La licencia más comúnmente emitida es la licencia de "practicantes de las artes curativas para vender sustancias controladas" y autoriza a un médico a dispensar medicamentos a sus propios pacientes solo desde una instalación que haya obtenido un permiso para este propósito específico.
Sí. El término "sustancia controlada" tal como se define en 54.1-3401 de la Ley de Control de Drogas incluye todos los medicamentos recetados.
No. El médico solo debe obtener una licencia de dispensación y puede dispensar desde cualquier lugar de venta que mantenga un permiso de instalación de la Junta de Farmacia para este propósito.
El médico debe presentar a la Junta de Farmacia la "Solicitud de Licencia para que un Practicante de las Artes Curativas Venda Sustancias Controladas" que se encuentra en la página de Formularios y Solicitudes de la Farmacia. Un cheque o giro postal pagadero al "Tesorero de Virginia" por $180 debe acompañar a la solicitud. El médico también debe presentar la "Solicitud de Permiso de Instalación para que los Practicantes de las Artes Curativas Vendan Sustancias Controladas" para cada ubicación en la Ciudad A y la Ciudad B. La tarifa para inspeccionar y permitir cada ubicación es de $240, a menos que solo un médico dispense desde la ubicación. Si solo un médico dispensará desde el lugar, no hay tarifa para obtener y renovar el permiso de la instalación, sin embargo, el permiso de la instalación aún debe obtenerse y renovarse anualmente. Antes de que se autorice al médico a dispensar medicamentos desde cualquiera de los dos lugares, el médico debe recibir su licencia para dispensar medicamentos, y un inspector del Departamento de Profesiones de la Salud debe inspeccionar y aprobar cada lugar. Los inspectores necesitan 14 días a partir de la fecha de recepción de una solicitud completa de permiso de instalación para programar la fecha de inspección.
No. Cada médico debe obtener su propia licencia para dispensar y solo puede dispensar desde un lugar que mantenga un permiso de instalación para este propósito.
De conformidad con el Reglamento 18VAC110-30-21 y la delegación de autoridad al Director Ejecutivo, en consulta con el Presidente de la Junta según lo establecido en los Estatutos de la Junta, por una buena causa demostrada, un médico puede solicitar una licencia de uso limitado, cuando el alcance, grado o tipo de servicios prestados al paciente es de naturaleza limitada. Bajo una licencia de uso limitado, se puede proporcionar una exención del requisito de pies cuadrados para el área de venta y almacenamiento de sustancias controladas. Además, el director ejecutivo puede conceder una exención del sistema de seguridad cuando se almacenen y vendan múltiples concentraciones y formulaciones de no más de cinco medicamentos tópicos diferentes de la Lista VI destinados al uso cosmético.
En el momento en que el médico presenta la "Solicitud de Permiso de Instalación para que los Practicantes de las Artes Curativas Vendan Sustancias Controladas", se recomienda que también presente una solicitud de exención ante la Junta de Farmacia con respecto al sistema de seguridad y el área de almacenamiento. Un inspector del Departamento de Profesiones de la Salud acudirá al consultorio del médico para realizar una inspección inicial. No se pueden dispensar medicamentos desde este lugar hasta que la Junta haya emitido el permiso de la instalación.
No, solo el médico con licencia puede dispensar medicamentos. El asistente médico o la enfermera practicante no pueden dispensar medicamentos.
No. Es posible que las enfermeras, incluidas las enfermeras practicantes, los asistentes médicos, los gerentes de oficina y otro personal de oficina, no tengan acceso al área de venta de medicamentos aprobada mientras el médico no esté presente en el lugar.
Sí. El área de venta y almacenamiento puede estar en una oficina que sea utilizada exclusivamente por el titular de la licencia y a la que solo el titular de la licencia tenga acceso, siempre que la parte de la oficina utilizada exclusivamente para el almacenamiento y la preparación de sustancias controladas sea de al menos 40 pies cuadrados; siempre que los medicamentos se almacenen en un armario u otra área con cerradura que pueda cerrarse con llave cuando el médico esté usando el consultorio para fines distintos a la dispensación; y siempre que la oficina cumpla con todos los demás requisitos de 18VAC110-30-90, 18VAC110-30-120y 18VAC110-30-130.
Sí. Un medicamento dispensado por un médico bajo una licencia de dispensación debe salir del consultorio del médico con una etiqueta que contenga la siguiente información mínima:
Se debe colocar un letrero de manera visible en el área pública de la oficina, como el mostrador de registro, y en cada sala de examen de pacientes que informe a los pacientes sobre su derecho a elegir dónde surtir sus recetas.
El acceso al departamento de farmacia o al área de almacenamiento de medicamentos debe tener un sistema de cerradura que esté limitado al farmacéutico o, en instalaciones que no sean una farmacia, aquellos aprobados por la parte responsable para tener acceso. Si hay un acceso biométrico o con código de llave que tiene otro personal, entonces el acceso debe limitarse solo a las horas en que la instalación está abierta.
Las regulaciones requieren que el dispositivo de alarma debe ser capaz de detectar roturas por cualquier medio cuando está activado, monitoreado de acuerdo con los estándares aceptados de la industria, mantenido en orden de funcionamiento, tener una fuente auxiliar de energía y ser capaz de enviar una señal de alarma a la entidad de monitoreo cuando se viola si la línea de comunicación no está operativa. Además, la alarma debe tener al menos un método de comunicación por cable y una notificación de cualquier violación de la alarma debe comunicarse al farmacéutico a cargo o a un farmacéutico que trabaje en la farmacia. El inspector necesitará un diagrama de la disposición de la instalación donde está instalado el sistema de alarma. Las cámaras, los sensores de movimiento, el teclado de alarma y las puertas de entrada deberán anotarse en el diagrama. En la inspección, el inspector "probará a pie" el sistema para asegurarse de que no haya áreas dentro del departamento de recetas que no estén cubiertas por la alarma. Por ejemplo, si un inspector puede pararse en una esquina de una bahía y mover los brazos sin hacer sonar la alarma, la alarma no pasará. En la mayoría de los casos, se necesitan varios sensores de movimiento para proporcionar una cobertura completa. El inspector también necesitará ver una demostración del método secundario de comunicación de "respaldo" para la alarma para determinar su capacidad para alertar a la compañía de monitoreo si el sistema de alarma se viola cuando la línea de comunicación no está operativa. Aunque no es obligatorio, es muy útil tener un técnico de alarmas presente en el momento de la inspección para responder cualquier pregunta que el inspector pueda tener o para hacer los ajustes o adiciones necesarios para que el sistema cumpla con las normas, lo que puede negar la necesidad de una nueva inspección. Si no va a haber un técnico de alarmas en la inspección, tenga a mano los números de teléfono de la compañía de alarmas y de la compañía de monitoreo para el inspector. Se recomienda probar el sistema de alarma en ambas líneas de comunicación antes de que llegue el inspector.
Si se observan deficiencias en la inspección, se requiere una respuesta por escrito dentro de 14 días. A veces, la inspección fallida requerirá una nueva inspección. Se debe presentar una solicitud y una tarifa para la reinspección a la Junta antes de que ocurra una reinspección. El área, incluido el sistema de alarma, debe ser aprobada antes de almacenar medicamentos y emitir el permiso o registro.
Si bien no es obligatorio, se recomienda encarecidamente que cada farmacia realice una autoinspección utilizando las secciones correspondientes del informe de inspección. La realización de una autoinspección ayudará al farmacéutico a cargo a identificar posibles áreas de incumplimiento que deben corregirse. La creación de un cuaderno o carpeta que contenga todos los inventarios requeridos, junto con información que indique la ubicación de todos los documentos requeridos para que un inspector los revise, es esencial para garantizar que todo el personal, incluido el personal flotante que pueda estar de servicio en el momento de una inspección sin previo aviso, sepa dónde ubicar los documentos requeridos. La información también debe dar instrucciones sobre cómo localizar los documentos requeridos electrónicamente, ya que gran parte de la documentación requerida puede conservarse de esta manera. Este nivel de organización disminuirá la citación de deficiencias innecesarias, por ejemplo, la citación de una deficiencia por no realizar y mantener un inventario bienal cuando en realidad el inventario se había realizado, pero no se pudo localizar durante la inspección. Además de realizar una autoinspección, es una buena práctica que todos los farmacéuticos se familiaricen con los cambios en los estatutos y reglamentos. Revisar regularmente los Documentos de Orientación de la Junta, así como los boletines informativos y los correos electrónicos de la Junta Directiva para los licenciatarios, es una buena manera de mantenerse actualizado sobre estos cambios.
El inspector proporcionará al farmacéutico a cargo o al farmacéutico de turno un enlace por correo electrónico para descargar el documento de inspección de la cuenta de la Caja de la Junta. Este enlace solo está disponible por un tiempo limitado, por lo tanto, es mejor descargar los documentos de inspección poco después de que el inspector los envíe. Si tiene alguna pregunta sobre los resultados de la inspección o si el enlace caduca y se necesita una copia de la inspección, solicite al farmacéutico a cargo que envíe un correo electrónico a pharmbd@dhp.virginia.gov. Si no se han encontrado deficiencias, se indicará en el resumen y en el informe de inspección. Si se identificaron deficiencias, entonces se indicarán las observaciones del inspector con respecto a las deficiencias citadas. Si las deficiencias citadas justifican una sanción monetaria, la orden de consentimiento modificada también se incluirá en el enlace de Box enviado por correo electrónico. Este documento legal ofrecerá al titular del permiso de farmacia opciones para la resolución de las deficiencias de la inspección que pueden requerir la firma y devolución de este documento a la oficina de la Junta. Entonces se convertirá en un documento público y, por lo tanto, este documento debe mantenerse limpio en todo momento.
Si el titular de la licencia de farmacia no está de acuerdo con los hallazgos del inspector, puede comunicar con la oficina de la Junta dentro de los 14 días para presentar documentación que impugne los hallazgos del inspector, o dentro de los 30 días, puede aplicar, por escrito, una conferencia informal para discutir más a fondo este asunto ante un comité de la Junta.
Es posible que una farmacia esté sujeta a sanciones monetarias menores o mayores durante una conferencia informal en caso de que hallazgos adicionales justifiquen estos cambios.
La información sobre las sanciones monetarias se puede encontrar en el Documento de orientación 110-9.
El titular del permiso de farmacia debe presentar el pago, junto con la orden de consentimiento firmada, a la oficina de la Junta por cualquier multa monetaria dentro de los 30 días a partir de la fecha de la inspección.
No. El proceso de inspección se creó para acelerar el proceso disciplinario resultante de las inspecciones de rutina y disminuir los costos de viaje asociados con el requisito de que los miembros de la Junta asistan a conferencias informales para resolver casos disciplinarios asociados con las inspecciones. Además, la ley requiere que todas las sanciones monetarias impuestas por la Junta se transfieran al Fondo Literario de Virginia y no puedan permanecer en la Junta de Farmacia de Virginia.
Junta de Farmacia de Virginia
Email: pharmbd@dhp.virginia.gov