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R. Un dentista deberá completar un mínimo de 15 horas de educación continua que cumpla con los requisitos de contenido, patrocinio y documentación establecidos en esta sección, para cada renovación anual de la licencia, excepto para la primera renovación después de la licencia inicial y para cualquier renovación de una licencia de voluntario restringida.
1. Un dentista deberá mantener la certificación de capacitación vigente en reanimación cardiopulmonar básica con capacitación práctica en las vías respiratorias para los proveedores de atención médica o soporte vital básico, a menos que el dentista sea requerido por 18VAC60-21-290 o 18VAC60-21-300 para tener la certificación actual en soporte vital avanzado con capacitación práctica en vías respiratorias simuladas y megacódigo para proveedores de atención médica.
2. Un dentista que administra o monitorea pacientes bajo anestesia general, sedación profunda o sedación moderada deberá completar cuatro horas cada dos años de educación continua aprobada directamente relacionada con la administración y el monitoreo de dicha anestesia o sedación como parte de las horas requeridas para la renovación de la licencia.
3. Las horas de educación continua que excedan el número requerido para la renovación pueden transferirse o acreditarse al próximo año de renovación por un total de no más de 15 horas.
4. Hasta tres horas de las 15 horas requeridas para la renovación anual pueden satisfacerse mediante la prestación de servicios dentales, sin compensación, a personas de bajos ingresos que reciben servicios de salud a través de un departamento de salud local o una clínica gratuita organizada en su totalidad o principalmente para la prestación de esos servicios.
B. Para ser aceptados para la renovación de la licencia, los programas de educación continua deberán estar directamente relacionados con el tratamiento y la atención de los pacientes y deberán:
1. Cursos clínicos en odontología e higiene dental; o
2. Materias no clínicas que se relacionan con las habilidades necesarias para proporcionar servicios dentales o de higiene dental y que apoyan los servicios clínicos (es decir, manejo de pacientes, responsabilidades legales y éticas, y manejo del estrés). Los cursos no aceptables para el propósito de esta subsección incluyen planificación patrimonial, planificación financiera, inversiones, administración de negocios, marketing y salud personal.
C. Se puede obtener crédito de educación continua por la asistencia o participación verificable en cualquier curso, que incluya presentaciones de audio y video, que cumpla con los requisitos de la subsección B de esta sección y sea otorgado por un patrocinador aprobado por la Junta.
D. La junta puede otorgar una exención para la totalidad o parte de los requisitos de educación continua debido a circunstancias fuera del control del titular de la licencia, como incapacidad temporal, servicio militar obligatorio o desastres declarados oficialmente. Se debe presentar una solicitud por escrito con documentos de respaldo antes de la renovación de la licencia.
E. La junta puede otorgar una extensión de hasta un año para completar la educación continua previa solicitud por escrito con una explicación a la junta antes de la fecha de renovación.
F. Se requiere que el titular de la licencia verifique el cumplimiento de los requisitos de educación continua en la renovación anual de la licencia del titular de la licencia. Después del período de renovación, la junta puede realizar una auditoría de los licenciatarios para verificar el cumplimiento. Cualquier licenciatario seleccionado para la auditoría debe proporcionar documentos originales que certifiquen que el licenciatario ha cumplido con los requisitos de educación continua antes de la fecha límite especificada por la junta.
G. Todos los licenciatarios deben conservar documentos originales que verifiquen la fecha y el tema del programa o actividad, el patrocinador y la cantidad de tiempo ganado. La documentación se conservará durante un período de cuatro años a partir de la renovación.
H. Las horas de educación continua requeridas por la orden de la junta no se utilizarán para satisfacer el requisito de educación continua para la renovación o restablecimiento de la licencia.
I. El incumplimiento de los requisitos de educación continua puede someter al titular de la licencia a una acción disciplinaria por parte de la junta.
Autoridad estatutaria
§§ 54.1-2400 y 54.1-2709.5 del Código de Virginia.
Notas históricas
Derivado del Volumen 32, Edición 05, eff. 2de diciembre de 2015; enmendado, Virginia Register Volumen 33, Edición 09, eff. 10de febrero de 2017; Volumen 35, Número 05, eff. 28de noviembre de 2018; Volumen 41, Número 2, eff. 24de octubre de 2024.
Junta de Odontología de Virginia
denbd@dhp.virginia.gov | Póngase en contacto con la Junta