¿Cómo afecta la Regla de Privacidad de la HIPAA al Programa de Control de Prescripciones?
45 C.F.R. §164.512 Proporciona un conjunto de excepciones a las reglas generales que requieren el consentimiento o la autorización de un paciente antes de que la información médica protegida pueda ser divulgada y utilizada. Específicamente, una entidad cubierta, como una farmacia, puede divulgar información de salud protegida para ciertas actividades y fines de salud pública. Además, se puede hacer divulgación a una agencia de supervisión de la salud para actividades de supervisión autorizadas por la ley. Estas dos excepciones permiten la divulgación de información al programa de monitoreo de recetas.
¿Tengo que identificar al contratista del Programa de Monitoreo de Recetas como un "socio comercial" según la HIPAA?
El contratista actúa como un agente del Departamento de Profesiones de la Salud, el cual, con respecto a su responsabilidad de implementar el Programa de Monitoreo de Prescripciones, puede considerarse tanto una agencia de supervisión de la salud como una autoridad de salud pública. En consecuencia, ni el Departamento de Profesiones de la Salud ni su agente contratista deben ser considerados "socios comerciales" de ningún proveedor.
Según las definiciones de HIPAA, agencia de supervisión de la salud significa una agencia o autoridad de los Estados Unidos, un estado, un territorio, una subdivisión política de un estado o territorio, o una tribu indígena, o una persona o entidad que actúe bajo una concesión de autoridad o contrato con dicha agencia pública, incluidos los empleados o agentes de dicha agencia pública o sus contratistas o personas o entidades a las que ha otorgado autoridad, que están autorizadas por ley para supervisar el sistema de atención médica (ya sea público o privado) o programas gubernamentales en los que la información de salud es necesaria para determinar la elegibilidad o el cumplimiento, o para hacer cumplir las leyes de derechos civiles para las cuales la información de salud es relevante (45 CFR §164.501).
Autoridad de salud pública significa una agencia o autoridad de los Estados Unidos, un Estado, un territorio, una subdivisión política de un Estado o territorio, o una tribu indígena, o una persona o entidad que actúe bajo una concesión de autoridad de dicha agencia pública o un contrato con dicha agencia pública, incluidos los empleados o agentes de dicha agencia pública o sus contratistas o personas o entidades a quienes haya otorgado autoridad, que es responsable de los asuntos de salud pública como parte de su mandato oficial (45CFR §164.501).
Programa de Monitoreo de Recetas
Correo electrónico pmp@dhp.virginia.gov
Ashley Carter, Directora