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Tecnología Radiológica

"Tecnólogo radiológico" significa una persona, que no sea un doctor en medicina, osteopatía, podología o quiropráctica con licencia o un dentista con licencia de conformidad con el Capítulo 27 (§ 54.1-2700 et seq.), que (i) realiza, puede ser llamado a realizar, o tiene licencia para realizar una amplia gama de procedimientos radiológicos diagnósticos o terapéuticos que emplean radiación ionizante y (ii) se le delega o ejerce la responsabilidad de la operación de equipos generadores de radiación, la protección del paciente y del personal contra radiaciones innecesarias, la exposición adecuada de radiografías, la administración de compuestos químicos radiactivos bajo la dirección de un usuario autorizado según lo especificado por las regulaciones del Departamento de Salud, u otros procedimientos que contribuyan en algún grado significativo al sitio o la dosis de radiación ionizante a la que está expuesto un paciente.

"Tecnólogo radiológico, limitado" significa un individuo, que no sea un tecnólogo radiólogo con licencia, higienista dental o persona que esté autorizada por la Junta de Odontología bajo el Capítulo 27 (§ 54.1-2700 et seq.) y las regulaciones correspondientes, que realiza procedimientos radiográficos de diagnóstico empleando equipos que emiten radiación ionizante que se limita a áreas específicas del cuerpo humano.

"Asistente de radiólogo" significa una persona que ha cumplido con los requisitos de la Junta para obtener la licencia como tecnólogo radiológico de nivel avanzado y que, bajo la supervisión directa de un doctor en medicina u osteopatía con licencia especializado en el campo de la radiología, está autorizado para (i) evaluar y evaluar la capacidad de respuesta fisiológica y psicológica de los pacientes que se someten a procedimientos radiológicos; (ii) evaluar la calidad de la imagen, hacer observaciones iniciales y comunicar las observaciones al radiólogo supervisor; (iii) administrar medios de contraste u otros medicamentos recetados por el radiólogo supervisor; y (iv) realizar, o ayudar al radiólogo supervisor a realizar, cualquier otro procedimiento consistente con las pautas adoptadas por el Colegio Americano de Radiología, la Sociedad Americana de Tecnólogos Radiológicos y el Registro Americano de Tecnólogos Radiológicos.

Leyes y Reglamentos

Revisar las leyes y regulaciones estatales que se aplican a la junta y a la práctica de la Tecnología Radiológica.

Solicitudes y formularios

Visite el asistente de solicitud para obtener información sobre cómo solicitar una licencia para ejercer como Tecnólogo Radiológico, Tecnólogo Radiológico Limitado o Asistente de Radiólogo. Para otros formularios, consulte la página de solicitudes y formularios.

Radiólogo observando cómo se escanea la patente

Reuniones del Consejo Asesor

FechaEventoOrden del díaActa
30 2026 1de septiembre :00PM (miércoles)Consejo Asesor de Tecnología Radiológica
13 2026 1de mayo :00PM (miércoles)Consejo Asesor de Tecnología Radiológica Orden del día Proyecto de Acta
4 2026 1de febrero :00PM (miércoles)Consejo Asesor de Tecnología Radiológica Orden del día Acta
22 2025 1de octubre :00PM (miércoles)Consejo Asesor de Tecnología Radiológica Orden del día Proyecto de Acta
11 2025 1de junio :00PM (miércoles)Consejo Asesor de Tecnología Radiológica - Cancelado

Para ver otras reuniones de la junta, visite el calendario completo de la junta.