Un solicitante puede solicitar la licencia por (1) título y experiencia práctica; o (2) programa de certificación; o (3) programa de administración en formación. Consulte el Reglamento 18 VAC 95-20-220. Todos los solicitantes deben recibir una calificación aprobatoria en el examen nacional.
Para los solicitantes que solicitan por credenciales o que ya completaron un Programa de Administrador en Capacitación (AIT):
Paso 1: Presentar la solicitud de Administrador del Hogar de Ancianos, la tarifa y cualquier documentación adicional requerida. La Junta le notificará una vez que se complete la revisión de la solicitud.
Paso 2: Después de recibir la notificación de la Junta, regístrese en la Asociación Nacional de Juntas de Administradores de Cuidados a Largo Plazo (NAB) para tomar el Examen Nacional.
Paso 3: La Junta notifica a NAB cuando usted presenta su solicitud y es elegible para tomar el examen. NAB se comunica con usted para elegir un lugar y una fecha de prueba.
Paso 4: Realiza el examen nacional. La NAB informa los resultados de las pruebas a la Junta de forma rutinaria.
Paso 5: Después de aprobar el examen, la Junta emite una licencia y se la envía por correo dentro de los treinta (30) días. Puede encontrar la verificación en tiempo real de su licencia en la página de búsqueda de licencias de DHP .
Sí, la Junta puede emitir una licencia a cualquier persona que tenga una licencia vigente y sin restricciones de cualquier estado o del Distrito de Columbia y: (1) se dedique a la práctica activa como administrador de hogares de ancianos con licencia; o (2) tiene la educación y la experiencia equivalentes a las calificaciones para la licencia inicial. "Práctica activa" significa un mínimo de 1000 horas de práctica como administrador de hogares de ancianos con licencia dentro de los veinticuatro (24) meses anteriores.
Los expedientes de solicitud son conservados por la Junta durante un (1) año, transcurrido el cual se destruye el expediente de solicitud. Se requiere una nueva solicitud, documentación de respaldo y tarifa para comenzar el proceso de solicitud nuevamente.
Para ser aprobado como Administrador en Capacitación, un solicitante debe:
La NHA y el administrador de la instalación de la NHA deberán cumplir con los siguientes requisitos descritos en los § 54.1-2408.4 del Código de Virginia para ser elegible para el período de práctica temporal:
Se puede acceder al formulario de informe de profesionales temporales de fuera del estado de la Junta de Administradores de Cuidados a Largo Plazo de Virginia aquí.
Los administradores de hogares de ancianos de fuera del estado que ejercen bajo una autorización temporal de conformidad con los 541-2408.4 del Código de Virginia estarán sujetos a las leyes y regulaciones del Estado y estarán sujetos a medidas disciplinarias por parte de la Junta de Administradores de Cuidados a Largo Plazo de Virginia.
Junta de Administradores de Atención a Largo Plazo
Email: ltc@dhp.virginia.gov