Los titulares de licencias deben completar veinte (20) horas de educación aprobada para la renovación cada año. Hasta diez (10) de las veinte (20) horas se pueden obtener a través de Internet o cursos de autoaprendizaje, y hasta diez (10) horas de educación continua que excedan el número requerido pueden transferirse o acreditarse al próximo año de renovación.
A partir del 21de diciembre de 2022, al menos dos (2) horas de educación continua para cada año de renovación deben estar relacionadas con el cuidado de los residentes con discapacidades mentales o cognitivas, incluida la enfermedad de Alzheimer y la demencia.
A partir del 21de diciembre de 2022, si usted es el preceptor de un programa AIT aprobado, puede acumular horas adicionales para la educación continua de su servicio activo durante cada año de renovación. Consulte las FAQ del preceptor para obtener más información.
Para que un curso de educación continua sea aprobado por la Junta, debe estar relacionado con la administración de la atención médica y ser aprobado por la Asociación Nacional de Juntas de Administradores de Atención a Largo Plazo (NAB), una institución acreditada o agencia gubernamental, o según lo dispuesto en las regulaciones del Código de Virginia.
La Junta puede otorgar una extensión de hasta un (1) año o una exención para la totalidad o parte de los requisitos de educación continua debido a circunstancias fuera del control del administrador, como enfermedad certificada, discapacidad temporal, servicio militar obligatorio o desastres oficiales. La solicitud de extensión debe ser por escrito y concedida por la Junta antes de la fecha de renovación.
Conserve la documentación completa de su educación continua, incluida la evidencia de asistencia o participación proporcionada por el patrocinador aprobado para cada curso tomado, durante tres (3) años de renovación.
Para obtener más información, consulte 18 95VAC -20-175 de la normativa.
Junta de Administradores de Atención a Largo Plazo
Email: ltc@dhp.virginia.gov