Su navegador no es compatible con JavaScript

FAQ sobre solicitudes de reinspección no rutinarias

La solicitud de reinspección no rutinaria es obligatoria para los establecimientos funerarios o crematorios que realicen cualquier cambio estructural no rutinario.

Estas incluyen modificaciones como la remodelación de una sala de preparación, cambios estructurales en el establecimiento, la instalación de retortas crematorias nuevas o de reemplazo que den lugar a cambios estructurales, o la instalación de retortas crematorias adicionales.

¿La adición de retorta nuevas o adicionales en el mismo sitio/dirección motivaría una solicitud a la Junta de reinspección debido a una remodelación o a un cambio estructural? (Consulte el 18VAC65-20-70. Tarifas).

Sí.  En esta circunstancia, los nuevos destiladores requerirían una revisión por parte de los inspectores de los permisos del DEQ para los nuevos destiladores, así como una revisión de cualquier cambio estructural o de la seguridad general de la instalación debido a la incorporación de nueva maquinaria.

¿Se requiere una autorización de prueba de incineración para los nuevos retortas antes de su uso? (Véase 18VAC65-20-435(F))

Sí. Los fabricantes también exigen una prueba de combustión de una retorta nueva.  Esta prueba de combustión se puede realizar junto con una solicitud a la Junta para realizar una prueba de combustión de las máquinas nuevas antes de su uso o antes de la aprobación de la remodelación.

¿La sustitución o reparación de una retorta existente en el mismo sitio o dirección daría lugar a una solicitud a la Junta de reinspección debido a una remodelación o cambio estructural? (Consulte 18VAC65-20-70. Tarifas.)

Depende. Si hubo algún cambio estructural necesario debido al reemplazo o la reparación (p. ej., daños por incendio que requieran reconstrucción), o si se requiere un nuevo permiso del DEQ, se debe enviar una solicitud de reinspección a la Junta.

¿Se requiere una autorización de prueba de combustión para un retorta reparado o de reemplazo antes de su uso?  (Véase 18VAC65-20-435(F))

Depende. Si solo se realizó una reparación o sustitución de un horno existente, sin que se requirieran cambios estructurales ni nuevos permisos, no sería necesaria una prueba de combustión. (Nota: en caso de tratarse de un horno de reemplazo, es probable que el fabricante exija una prueba de combustión; sin embargo, dicha prueba se puede realizar de forma independiente de la Junta).

Junta de Directores de Funerarias y Emllensamadores de Virginia
Email: fanbd@dhp.virginia.gov