Pasantes funerarios
Las leyes y regulaciones relacionadas con el Programa de Pasantías de Servicios Funerarios se pueden encontrar haciendo clic aquí.
¿Cuáles son los requisitos para ser pasante funerario?
Para convertirse en pasante de Servicio Funerario, Dirección Funeraria o Embalsamamiento, complete la solicitud en línea en el sitio web de la Junta y envíela con toda la documentación requerida y la tarifa no reembolsable.
(54.1-2817; 18VAC65-40-180; 18VAC65-40-40)
¿Qué pasa si tengo una condena penal previa?
- A su discreción, la Junta puede aprobar una solicitud de pasante para cualquier persona condenada por un delito grave si cumplió con éxito todas las condiciones de la sentencia, fue indultada o se le restauraron sus derechos civiles. Sin embargo, la Junta no puede aprobar una solicitud de pasante para ninguna persona condenada por malversación de fondos o por violar la subsección B de § 18.2-126.
- La Junta también puede negarse a aprobar una solicitud de pasante para una persona que tenga un procedimiento penal o disciplinario pendiente en su contra en cualquier jurisdicción de los Estados Unidos.
- La Junta examina las condenas penales caso por caso.
(54.1-2817)
¿Estoy obligado a completar la escuela mortuoria antes de una pasantía?
No, no se requiere completar el programa de servicio mortuorio o funerario para registrarse como pasante.
(54.1-2817)
¿Cuántas horas de prácticas debo realizar?
- La Junta completó recientemente la revisión de las Regulaciones de la Junta para el Programa de Pasantías de Servicios Funerarios, que entró en vigencia el 3de marzo de 2022, que establece que una pasantía para servicio funerario, dirección de funerales o embalsamamiento constará de al menos 2000 horas de capacitación que se completarán dentro de no menos de 12 meses y no más de 48 meses.
- Además, antes de que un pasante de servicios funerarios sea elegible para ser examinado para la práctica de servicios funerarios, el pasante deberá presentar evidencia junto con una declaración jurada de cualquier licenciatario bajo el cual trabajó que demuestre que el pasante ha ayudado a embalsamar al menos 25 cuerpos y a realizar al menos 25 funerales.
- Un pasante de dirección funeraria recibirá capacitación en todas las áreas de la dirección funeraria, incluida la asistencia en al menos 25 funerales, conferencias de arreglos 25 , así como visitas y financiamiento de servicios funerarios.
- Un pasante de embalsamamiento recibirá capacitación en todos los aspectos de la práctica del embalsamamiento, incluida la asistencia en al menos 25 embalsamamientos, así como el tratamiento, el arte restaurador, la seguridad y el saneamiento, y la donación de órganos, tejidos o anatómicos.
(54.1-2817, 18VAC65-40-130)
¿Necesito que me identifiquen como pasante de servicios funerarios?
Sí, un pasante de servicio funerario debe ser identificado ante el público como un pasante de servicio funerario en cualquier correspondencia o comunicación en la que se use el nombre del pasante, por el título que usa y en cualquier etiqueta de nombre u otra forma de identificación que se use cuando se desempeñe en esta función.
(18VAC65-40-130)
Completé una pasantía de 2000horas con veinticinco (25) funerales y veinticinco (25) embalsamamientos como pasante de servicio funerario. Opté por obtener la licencia solo como embalsamador. ¿Puedo usar mis horas de pasantía anteriores para cumplir con los requisitos para convertirme en un licenciatario de servicios funerarios completos?
- Virginia Code, Sección 54.1-2817 dispone: "No se permitirá crédito por ningún período de pasantía que se haya completado más de tres años antes de la solicitud de licencia o más de cinco años antes del examen para la licencia".
- Las horas de pasantía completadas anteriormente y los casos que pueden cumplir con los requisitos de licencia son revisados por la Junta caso por caso.
(54.1-2817)
¿Dónde puedo realizar mis prácticas?
- De acuerdo con las Regulaciones de la Junta, 18VAC65-40-210 y 18VAC65-40-220,
la capacitación funeraria se brinda en el establecimiento de servicios funerarios con licencia o en cualquier sucursal de dicho establecimiento que cumpla con los requisitos de la Junta y esté aprobado por la Junta como un sitio de capacitación. Una persona, compañía o corporación que posea u opere cualquier establecimiento de servicios funerarios debe presentar una solicitud y ser aprobada por la Junta antes de brindar capacitación funeraria en el establecimiento.
- Para que un establecimiento o dos establecimientos combinados sean aprobados por la Junta como sitios de capacitación para pasantías, el establecimiento o los establecimientos deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener una licencia de Virginia completa y sin restricciones;
- Haber cumplido en todos los aspectos con lo establecido en los reglamentos de la Junta de Directores de Funerarias y Embalsamadores; y
- Para una pasantía en Servicio Funerario, tenga cincuenta (50) o más funerales y cincuenta (50) o más cuerpos para embalsamar durante un período de doce (12) meses para cada persona que se esté capacitando. Este total debe mantenerse durante todo el período de formación. Si el establecimiento no cumple con el número requerido de funerales o embalsamamientos, el pasante del servicio funerario puede solicitar la aprobación para un sitio de capacitación adicional; o
- Para una pasantía de Dirección Funeraria, tenga cincuenta (50) o más funerales durante un período de doce (12) meses para cada persona que se esté capacitando. Este total debe mantenerse durante todo el período de formación. Si el establecimiento no cumple con el número requerido de funerales, el pasante de dirección funeraria puede solicitar la aprobación para un sitio de capacitación adicional; o
- Para una pasantía de embalsamamiento, tenga cincuenta (50) o más cuerpos para embalsamar durante un período de doce (12) meses para que cada persona sea capacitada. Este total debe mantenerse durante todo el período de formación. Si el establecimiento no cumple con el número requerido de embalsamamientos, el pasante de embalsamamiento puede solicitar la aprobación para un sitio de capacitación adicional.
- La Junta puede otorgar aprobación para que un pasante de servicio funerario o embalsamamiento reciba la totalidad o una parte de la capacitación en embalsamamiento en una instalación del gobierno estatal o federal o una institución educativa acreditada.
(18VAC65-40-210, 18VAC65-40-220)
¿Cuántas horas a la semana puedo trabajar?
A un pasante se le asigna un horario de trabajo de no menos de veinte (20) horas ni más de sesenta (60) horas por semana para recibir crédito por dicha capacitación. Por una buena causa demostrada, la Junta puede renunciar a la limitación en el horario de trabajo de un pasante.
(18VAC65-40-130(B))
¿Cuándo puedo comenzar mis horas de prácticas?
Las horas de pasantía solo pueden comenzar después de que un pasante se registre en la Junta. Si la pasantía no es aprobada por la Junta antes del inicio de la capacitación, no se permite ningún crédito por el tiempo servido.
(18VAC65-40-201)
¿Qué pasa si mi empleo o supervisor cambia durante el transcurso de mi pasantía?
El pasante es responsable de notificar a la Junta dentro de los catorce (14) días de cualquier cambio en el empleo o en el supervisor funerario empleando el formulario de Notificación de pasantía funeraria, adición/cambio de supervisor o ubicación.
Si la pasantía se termina o interrumpe antes de completar 1,000 horas o si el pasante está cambiando de supervisor o sitio de capacitación, el pasante y el supervisor deberán presentar un reporte parcial a la junta con una explicación por escrito de la causa de la terminación o interrupción del programa o del cambio en la capacitación o supervisión.
(18VAC65-40-90; 18VAC65-40-320)
Una vez que estoy registrado, ¿cuál es el proceso para reportar mis horas?
- Al final de cada 1,000 horas de formación, el pasante, el supervisor o supervisores y el establecimiento deben presentar un informe escrito a la Junta. El informe deberá:
- Especificar el período de tiempo en el que se completó el 1000 horas y verificar que el pasante realmente prestó servicios en la capacidad requerida durante el período anterior; y
- Ser recibido en la oficina de la Junta a más tardar catorce (14) días después del final de la finalización de 1,000 horas.
- Tenga en cuenta que no se permite el crédito para futuras horas de pasantía hasta que la Junta apruebe el informe anterior del pasante.
- Si el pasante, supervisor o gerente del establecimiento no presenta los informes requeridos por el reglamento, se pueden tomar medidas disciplinarias contra el pasante, el supervisor y el gerente del establecimiento.
- Se puede acceder a los formularios de presentación de informes en el sitio web de la Junta en Solicitudes y formularios.
(18VAC65-40-320,18VAC65-40-330)
¿Quién es responsable de completar los formularios de informes de pasantes?
Tanto el pasante funerario como el supervisor son responsables de completar los formularios de informe y firmar las certificaciones requeridas.
¿Qué información debo proporcionar en mis informes de 1000 horas?
- Los informes deben especificar el tiempo en el que se completó el 1000 horas y verificar que el pasante realmente prestó servicios en la capacidad requerida durante el período anterior.
- Los informes también incluyen información sobre las actividades de capacitación del pasante y los funerales y embalsamamientos a los que asistió durante el período que abarca el informe. El pasante debe proporcionar información específica, incluidos los nombres de los casos y las fechas, con respecto a los embalsamamientos y funerales en los que ayudó.
(18VAC65-40-320, 54.1-2817)
¿Qué información debo proporcionar en mi informe final?
El Informe Final de Finalización incluye una evaluación de la pasantía que deben completar tanto el pasante como el supervisor. Tanto el pasante como el supervisor deben firmar el informe y las certificaciones.
¿Qué pasa si mi supervisor no puede firmar los formularios de denuncia?
El supervisor del pasante debe firmar los formularios de reporte para que el pasante reciba crédito por las horas de pasantía reportadas.
¿Cuándo se deben entregar los formularios de presentación de informes a la Junta?
El pasante, el supervisor o supervisores, y el establecimiento deben presentar colectivamente un informe escrito a la Junta al final de cada 1,000 horas de capacitación a más tardar catorce (14) días después del final de la finalización de las horas.
(18VAC65-40-320)
¿Cómo reporto la terminación de una pasantía a la Junta?
- Si la pasantía se termina o se interrumpe antes de completar 1000 horas o si el pasante cambia de supervisor o de sitios de capacitación, el pasante y el supervisor deben presentar un informe parcial a la Junta con una explicación por escrito con la causa del cambio.
- El informe parcial debe proporcionar la cantidad de tiempo servido y las fechas transcurridas desde el último período de notificación. El crédito de los informes parciales se otorga por el número de horas de capacitación completadas.
- Los informes parciales deben recibirse en la oficina de la Junta a más tardar catorce (14) días después de la interrupción o terminación de la pasantía o después del cambio de supervisores o sitios de capacitación.
(18VAC65-40-320)
¿Necesito renovar mi registro de pasante en la Junta cada año?
- Las inscripciones de pasantes vencen el 31de marzo de cada año calendario y pueden renovarse mediante la presentación del aviso de renovación y la tarifa prescrita.
- Se considera que una persona que no renueva un registro antes de la fecha de vencimiento tiene un registro inválido. No se permite ningún crédito por un período de pasantía servido bajo un registro vencido.
(18VAC65-40-90)
¿Qué pasa si necesito más tiempo para completar mi pasantía?
- La Junta puede otorgar una extensión de tiempo para completar una pasantía solo por circunstancias atenuantes.
- De acuerdo con el Documento de Orientación de la Junta Directiva 65-15, la política de la Junta Directiva sobre el otorgamiento de una extensión es la siguiente:
- El pasante debe proporcionar a la Junta una carta explicando las circunstancias que impidieron la finalización del programa dentro del tiempo especificado. La carta debe incluir la cantidad de tiempo que el pasante está solicitando la extensión.
- La Junta también requiere una copia de la transcripción universitaria actual del pasante para revisar los cursos ya completados para el requisito educativo mortuorio.
- La Junta no concede más de dos (2) extensiones de un (1) año a un pasante.
- Además, si todos los requisitos para la licencia no se completan dentro de los cinco (5) años posteriores a la solicitud inicial, la Junta puede negar una pasantía adicional.
(18VAC65-40-130, 54.1-2817, Documento de orientación 65-15)
¿Puedo perder el crédito por mis horas?
- No se permiten créditos por ningún período de pasantía que se haya completado más de tres (3) años antes de la solicitud de licencia o más de cinco (5) años antes del examen para la licencia.
- Si todos los requisitos para la licencia no se completan dentro de los cinco (5) años posteriores a la solicitud inicial, la Junta puede negar una pasantía adicional.
(54.1-2817, 18VAC65-40-320)
¿Necesito completar horas de educación continua como pasante?
No, no se requiere que un pasante complete horas de educación continua para renovar el registro de un pasante.
¿Qué pasa si mi dirección, nombre, empleo o supervisión cambia durante el curso de mi pasantía?
El pasante es responsable de notificar a la Junta dentro de los catorce (14) días de cualquier cambio de nombre, dirección, empleo o supervisor.
(18VAC65-40-90)