Supervisores de pasantes funerarios
Las leyes y regulaciones relacionadas con el Programa de Pasantías de Servicios Funerarios se pueden encontrar haciendo clic aquí
¿Cuáles son los requisitos para convertirse en Supervisor de Pasantes Funerarios?
- Los licenciatarios de servicios funerarios, los directores de funerarias y los embalsamadores pueden proporcionar capacitación funeraria si tienen:
- una licencia funeraria completa y sin restricciones de Virginia;
- al menos dos (2) años consecutivos en ejercicio; y
- Están empleados a tiempo completo en o bajo contrato con el establecimiento, instalación o institución donde se imparte la capacitación.
- Un supervisor con licencia como embalsamador o director de funeraria puede proporcionar supervisión solo en las áreas de práctica funeraria para las que tiene licencia.
- La Junta no aprueba el registro de un supervisor que estuvo sujeto a una acción disciplinaria de la Junta dentro de los últimos dos (2) años.
- La solicitud debe estar firmada por el gerente del establecimiento y por la persona que supervisa el embalsamamiento, la dirección funeraria o los servicios funerarios.
- Un licenciatario que busque la aprobación de la Junta como supervisor debe presentar una solicitud de Supervisor de Funeraria y cualquier documentación requerida para determinar la elegibilidad. Dicha inscripción caduca 48 meses después de la inscripción o al finalizar la formación del becario, lo que ocurra primero.
(54.1-2817, 18VAC65-40-280)
¿Cuáles son los requisitos de supervisión para una pasantía de servicio funerario?
- La capacitación se lleva a cabo bajo la supervisión directa de un licenciatario o licenciatarios aprobados por la Junta. Solo se permite el crédito para la capacitación bajo supervisión directa.
- Solo los licenciatarios de servicios funerarios, los directores de funerarias con licencia o los embalsamadores con licencia que tienen una licencia funeraria completa y sin restricciones de Virginia, al menos dos (2) años consecutivos en la práctica, y están empleados a tiempo completo o bajo contrato con el establecimiento, instalación o institución donde se lleva a cabo la capacitación, pueden brindar capacitación funeraria. La Junta no aprueba el registro de un supervisor que esté sujeto a medidas disciplinarias de la Junta dentro de los últimos dos (2) años.
- Un supervisor con licencia como embalsamador o director de funeraria puede proporcionar supervisión solo en las áreas de práctica funeraria para las que tiene licencia.
- Un supervisor debe asegurarse de que un pasante reciba capacitación bajo la supervisión directa de un titular de licencia que tenga una licencia vigente y en buen estado.
- Un supervisor debe registrar a cada pasante para quien el supervisor está proporcionando supervisión, que está disponible en el sitio web de la Junta en Solicitudes y Formularios. Dicha inscripción caduca 48 meses después de la inscripción o al finalizar la formación del becario, lo que ocurra primero. Si al pasante se le concede una extensión más allá de 48 meses por circunstancias atenuantes, el supervisor puede continuar brindando supervisión durante un período de tiempo especificado por la Junta.
- El no registrarse como supervisor puede someter al titular de la licencia a medidas disciplinarias por parte de la Junta.
- Si un supervisor no puede o no quiere continuar brindando supervisión, el pasante debe obtener un nuevo supervisor. El crédito para la capacitación se reanuda cuando la Junta aprueba un nuevo supervisor y el pasante paga la tarifa prescrita para el cambio de supervisor.
- No más de dos (2) pasantes pueden registrarse simultáneamente bajo una sola persona con licencia para la práctica del servicio funerario, la dirección de funerales o el embalsamamiento.
(18VAC65-40-250)
¿Cuántos pasantes puedo supervisar?
No más de dos (2) pasantes pueden registrarse simultáneamente bajo una sola persona con licencia para la práctica del servicio funerario, la dirección de funerales o el embalsamamiento. Los supervisores deben estar empleados a tiempo completo en o bajo contrato con el establecimiento, instalación o institución donde se lleva a cabo la capacitación.
(54.1-2817)
¿Cuáles son mis responsabilidades como supervisor?
- Proporcionar al pasante todas las leyes y regulaciones aplicables o secciones de regulaciones relacionadas con la industria funeraria.
- Proporcionar al pasante copias e instrucciones sobre el uso de todos los formularios y listas de precios empleados por el establecimiento funerario.
- Proporcionar al pasante de servicios funerarios o director de funerales instrucción en todos los aspectos de los servicios funerarios, y permitir que el pasante realice todos los arreglos necesarios para un mínimo de veinticinco (25) funerales.
- Proporcionar instrucciones sobre todas las precauciones necesarias, las funciones de embalsamamiento y los formularios de informes, y permitir que el servicio funerario o el pasante de embalsamamiento realice un mínimo de veinticinco (25) embalsamamientos.
- Proporcionar al pasante del servicio funerario o de la dirección del funeral instrucciones para hacer arreglos funerarios de prenecesidad y las leyes y regulaciones relativas a los contratos y divulgaciones de funerales de prenecesidad.
- Proporcionar el servicio funerario o la instrucción del pasante de dirección funeraria sobre la cremación y las leyes y regulaciones relacionadas con la cremación.
- Si un centro de capacitación no ofrece servicios de planificación funeraria o cremación de necesidad previa, el supervisor debe organizar dicha capacitación en otro establecimiento funerario autorizado que sí lo haga.
(18VAC65-40-340)
¿Cuál es mi responsabilidad por los informes por hora de un pasante?
- Tanto el pasante como el supervisor son responsables de completar los formularios de informes y firmar las certificaciones requeridas.
- Los formularios de presentación de informes están disponibles en el sitio web de la Junta en la sección Solicitudes y formularios.
(18VAC65-40-330)
Si solo tengo licencia como Director de Funeraria, ¿puedo supervisar a un pasante en embalsamamiento?
No. Un supervisor con licencia como embalsamador o director de funeraria debe proporcionar supervisión solo en las áreas de práctica funeraria para las cuales el supervisor tiene licencia.
(18VAC65-40-250)
Si solo tengo licencia como embalsamador, ¿puedo supervisar a un pasante en el servicio funerario?
Sí, siempre y cuando un supervisor con licencia como embalsamador brinde supervisión solo en las áreas de práctica funeraria para las que el supervisor tiene licencia.
(18VAC65-40-250)
¿Qué pasos debo seguir si se termina la pasantía?
- Si la pasantía se termina o interrumpe antes de completar 1000 horas, o si el pasante cambia de supervisor o sitios de capacitación, tanto el pasante como el supervisor deben presentar un informe parcial a la Junta que incluya la causa de la terminación o interrupción del programa, o el cambio en la capacitación o supervisión.
- El informe parcial debe incluir la cantidad de tiempo servido y las fechas transcurridas desde el último período de presentación de informes. El crédito de los informes parciales se otorga por el número de horas de capacitación completadas.
- Presentar los informes parciales a la Junta a más tardar catorce (14) días después de la interrupción o terminación de la pasantía, o después del cambio de supervisores o sitios de capacitación.
(18VAC65-40-320)
Si mi establecimiento tiene varias sedes, ¿puedo formarme en todas ellas?
La Junta puede aprobar un máximo de dos (2) sitios de capacitación. Si un establecimiento no cumple con el número requerido de funerales o embalsamamientos, el pasante del servicio funerario puede solicitar la aprobación para un sitio de capacitación adicional.
(18VAC65-40-220)