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R. Se requerirá que los profesionales de la salud mental calificados hayan completado un mínimo de ocho horas de contacto de educación continua para cada renovación anual de registro.
B. Los profesionales de la salud mental calificados deberán completar actividades de competencia continua que se centren en aumentar el conocimiento o las habilidades en áreas directamente relacionadas con los servicios prestados por un QMHP.
C. Las siguientes organizaciones, asociaciones o instituciones están aprobadas por la junta para brindar educación continua, siempre que las horas estén directamente relacionadas con la prestación de servicios de salud mental:
1. Agencias gubernamentales federales, estatales o locales, sistemas de escuelas públicas, centros de salud autorizados o una agencia autorizada por el DBDHS; y
2. Entidades aprobadas para la educación continua por una junta reguladora de salud dentro del Departamento de Profesiones de la Salud.
D. No se requiere completar la educación continua para la primera renovación después de la inscripción inicial en Virginia.
E. La junta puede otorgar una extensión por causa justificada de hasta un año para completar los requisitos de educación continua previa solicitud por escrito del solicitante de registro antes de la fecha de renovación. Dicha extensión no eximirá al solicitante del registro del requisito de educación continua.
F. La junta puede otorgar una exención para la totalidad o parte de los requisitos de educación continua debido a circunstancias fuera del control del registrante, como incapacidad temporal, servicio militar obligatorio o desastres declarados oficialmente, previa solicitud por escrito del solicitante antes de la fecha de renovación.
G. Todos los inscritos deberán conservar la documentación de las transcripciones oficiales que muestren las horas de crédito obtenidas o los certificados de participación durante un período de tres años después de la renovación.
H. La junta puede llevar a cabo una auditoría de los registrantes para verificar el cumplimiento del requisito de un período de renovación. Previa solicitud, el solicitante de registro deberá proporcionar la siguiente documentación:
1. Transcripciones oficiales que muestren las horas de crédito obtenidas; o
2. Certificados de participación.
I. Las horas de educación continua requeridas por una orden disciplinaria no se utilizarán para satisfacer los requisitos de renovación.
Autoridad estatutaria
§§ 54.1-2400 y 54.1-3505 del Código de Virginia.
Notas históricas
Derivado de Virginia Register Volumen 36, Edición 4, eff. 13de noviembre de 2019; enmendado, Virginia Register Volumen 41, Edición 17, eff. 7de mayo de 2025.
Junta de Consejería de Virginia
Email: Coun@dhp.virginia.gov